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comunicación alternativa

Introducción:
La audición es la vía habitual para adquirir el lenguaje, uno de los más importantes atributos humanos. El lenguaje permite a los seres humanos la comunicación a distancia y a través del tiempo, y ha tenido una participación decisiva en el desarrollo de la sociedad y sus numerosas culturas. El lenguaje es la principal vía por la que los niños aprenden lo que no es inmediatamente evidente, y desempeña un papel central en el pensamiento y el conocimiento. Como el habla es el medio de comunicación fundamental en todas las familias -excepto aquellas en que los padres son sordos-, la sordera es un impedimento severo cuyos efectos transcienden ampliamente la imposibilidad de hablar. El diagnóstico precoz y la rehabilitación adecuada previenen la consecuencia más importante de la hipoacusia infantil: crecer sin un lenguaje.

Definiciones, clasificación y gravedad:
La hipoacusia se define como la disminución de la percepción auditiva. La tabla 1 resume la clasificación de las hipoacusias de acuerdo con su intensidad, las causas habituales, sus consecuencias y adelanta un esquema de orientación dependiendo de la gravedad del problema.
En la hipoacusia leve sólo surgen problemas de audición con voz baja y ambiente ruidoso. En las moderadas se aprecian dificultades con la voz normal; existen problemas en la adquisición del lenguaje y en la producción de sonidos. En las severas sólo se oye cuando se grita o se usa amplificación. No se desarrolla lenguaje sin ayuda. En las profundas la comprensión es prácticamente nula, incluso con amplificación. No se produce un desarrollo espontáneo del lenguaje.
En la hipoacusia de transmisión existe una deficiencia de la transformación de energía en forma de ondas sonoras a ondas hidráulicas en el oído interno, que impide que el sonido llegue a estimular correctamente las células sensoriales de órgano de Corti por lesiones localizadas en el oído externo o medio. Las malformaciones severas del oído externo y del oído medio, tales como la ausencia de conducto auditivo externo y membrana timpánica y la fusión de los huesecillos, si la cóclea es normal, provoca una perdida auditiva de 60 dB como máximo, suficientemente grave para comprometer la adquisición del lenguaje, pero susceptible de amplificación.
En la hipoacusia neurosensorial existe una inadecuada transformación de las ondas hidráulicas en el oído medio en actividad nerviosa por lesiones en las células ciliadas o en las vías auditivas. Existe también la sordera cortical y los trastornos de percepción del lenguaje que trascienden estos últimos del objetivo de esta unidad didáctica. Por lo dicho anteriormente, cualquier sordera superior a 60 dB indica una pérdida neurosensorial pura o mixta.
Por último hay hipoacusias mixtas que participan de ambos mecanismos. Las principales causas de sordera infantil severa y profunda son las genéticas -al menos el 50% de todos los casos-, adquiridas y malformativas, tal y como se resume en la tabla 2. Atendiendo al momento de producirse la pérdida auditiva, las hipoacusias se clasifican en prelinguales, en las que la lesión se produjo con anterioridad a la adquisición del lenguaje (0-2 años), perilinguales, cuando sucedió durante la etapa de adquisición del lenguaje (2-5 años) y poslinguales cuando la pérdida auditiva es posterior a la estructuración del mismo. Naturalmente, cuanto más precoz sea la pérdida, tanto más grave.

 

 

TABLA 1. Resumen de la clasificación de las hipoacusias en función del umbral auditivo medio del mejor oído (5002.000 Hz ANSI)* de acuerdo con su intensidad, las causas habituales, sus consecuencias y esquema de orientación dependiendo de la gravedad del problema

Umbral
(dB)
DescripciónCausas habitualesLo que se puede oír sin amplifiaciónGrado de minusvalía (si no se trata antes de cumplir un añoNecesidades probables
0-15Límites normales Todos los sonidos del hablaNingunoNinguna
16-25Ligera hipoacusiaOtitis serosa, perforación, membrana monomérica, pérdida neurosensorial, tímpanosclerosisLas vocales se oyen con claridad; pueden perderse las vocales sordasPosiblemente, disfunción auditiva leve o transitoria. Dificultad para percibir algunos sonidos del hablaEnseñanza especial
Logoterapia
Asiento preferente
Cirugía apropiada
26-40Leve hipoacusia Otitis serosa, perforación, membrana monomérica, pérdida neurosensorial, tímpanosclerosisSólo algunos sonidos del habla, los más sonorosDificultades para el aprendizaje
Leve retraso del lenguaje Leves problemas con el habla
Falta de atención
Audífono Lectura de labios
Enseñanzas especiales
Logoterapia
Cirugía apropiada 
41-65Sordera moderadaOtitis crónica, anomalía del oído medio, pérdida neurosensorialPierde casi todos los sonidos del habla en una conversación normalProblemas con el habla
Retraso del lenguaje
Disfunción del aprendizaje
Falta de atención
Las anteriores y además colocar al niño en un sitio especial en clase
66-95Sordera grave    Pérdida neurosensorial o mixta, producida por pérdida neurosensorial más enfermedad del oído medioNo oye las conversaciones normalesProblemas con el habla
Retraso del lenguaje
Disfunción del aprendizaje
Falta de atención
Las anteriores y además colocar al niño en un sitio especial en clase
+ 96Sordera profundaPérdida neurosensorial o mixtaNo oye el habla ni otros sonidosProblemas con el habla
Retraso del lenguaje
Disfunción del aprendizaje
Falta de atención
Las anteriores; probablemente deba acudir a clases especiales;   Implante coclear

   *Adaptada de Northern JL, Downs MP. Hearing in children, 3º edición. Baltimore: William & Wilkins, Baltimore, 1984. ANSI: American National Standards Institute

 

TABLA 2. Principales causas de sordera infantil

Genéticas


•Autosómicas recesivas (por ejemplo, hipoacusia profunda aislada, pérdida de tonos altos aislada, síndrome de LangeJerervellNielsen, síndrome de Pendred, síndrome de Usher)
•Autosómicas dominantes (por ejemplo, hipoacusia profunda aislada, síndrome de Waardenbrug, síndrome de Treacher Collins, síndrome de Alport)
•Recesivas ligadas al cromosoma X (por ejemplo, hipoacusia profunda asociada con daltonismo, síndrome tipo Alport)
•Mitocondriales (por ejemplo, síndrome de KearnsSayre)



Adquiridas

•Infecciones
•Congénitas: toxoplasmosis, rubéola, citomegalovirus, herpes simple, sífilis
                  •Meningitis bacteriana
                  •Paperas
                  •Mastoiditis
•Hiperbilirrubinemia
•Complicaciones de la prematuridad
•Ototoxicidad
•Antibióticos : kanamicina, neomicina, estreptomicina, gentamicina, vancomicina, otros   
                      aminoglucósidos Furosemida, cisplatino, etc.
•Traumatismo de cráneo: rotura timpánica, luxación de los huesecillos, fractura del temporal •Trauma acústico



Malformativas

•Microsomía hemifacial, síndrome de Goldenhar, síndrome de TreacherCollins, microotía, malformación de Mondini



Frecuencia
La prevalencia de la hipoacusia en el recién nacido y el lactante se estima en 1,5-6,0 casos por 1.000 nacidos vivos -según se trate de severa o de cualquier grado-. En la edad escolar la prevalencia de hipoacusia de más de 45 dB es de 3: 1.000 y de cualquier grado hasta de
13: 1.000. Un estudio realizado en la Comunidad Europea con el criterio de 50 dB a los 8 años arroja un resultado de 0,74-1,85: 1.000. En niños que sufren determinados factores de riesgo, la incidencia puede elevarse hasta un 4% para hipoacusias severas y del 9% si se suman las leves
y las unilaterales.
La otitis media serosa es extraordinariamente prevalente en la edad pediátrica. Rara vez produce por sí sola una pérdida superior a 20 o 30 dB. Su repercusión sobre el desarrollo del lenguaje es materia de discusión. La clave del manejo de los pacientes con otopatía serosa persistente es la determinación de su pérdida auditiva y la vigilancia del desarrollo del lenguaje. El enfoque debe ser esencialmente conservador, aunque detallarlo queda fuera del objetivo de esta unidad didáctica.

Pruebas de detección:
El desarrollo motor temprano, las primeras adquisiciones psicosociales e incluso el lenguaje expresivo hasta los 8 meses pueden ser normales en niños hipoacúsicos. La valoración subjetiva de la audición es, por ello, difícil y poco sensible como método de cribado durante los primeros meses de vida.
Los niños mayores de 4-5 años -ocasionalmente a partir de 3-, con desarrollo intelectual normal, pueden ser sometidos a audiometrías convencionales. En los centros de salud puede realizarse con un audiómetro de vía aérea en el recinto más silencioso posible. Se aconsejan las frecuencias 500, 2.000, 1.000 y 4.000 Hz, en ese orden, por si el niño se cansa, en ambos oídos por separado. Se van ofreciendo intensidades cada vez más altas hasta que oye, y después se van bajando hasta que deja de hacerlo. Se registra la última intensidad que fue capaz de oír. Se considera que pasa el test si percibe al menos 20 dB en todas las frecuencias, excepto en 500 Hz, en que se tolera hasta 30 dB, debido a que el ruido ambiental interfiere más en dicha frecuencia.
De las pruebas objetivas de audición -electrofisiológicas-, dos son las consideradas más útiles: los potenciales evocados auditivos del tronco cerebral (PEATC) -en inglés BERA: Brainsteim Electric Response Audiometry- y las emisiones otoacústicas (EOA).
Los primeros tienen una sensibilidad del 97-100% y una especificidad del 8696%, y evalúan la actividad de la vía auditiva, desde el nervio auditivo en su extremo distal hasta el mesencéfalo. Un estímulo auditivo de duración breve -chasquidos o tonos- produce la activación de la vía y genera unos potenciales detectables a través de electrodos situados en el cuero cabelludo, similares a los utilizados en electroencefalografía. Gráficamente, aparecen como una multionda a la que en ocasiones se añaden otras dos, cuyo origen se atribuye a diferentes zonas de la vía auditiva, del VIII par y del tronco cerebral. La primera onda corresponderá al potencial de acción del nervio auditivo. La onda más constante es la denominada V, que es la que se utiliza en audiometría objetiva. Son unas respuestas muy fiables y estables, y no se modifican con la sedación.
Las EOA se correlacionan con los PEATC en un 91%, con una sensibilidad del 95% y una especificidad del 85% frente a los PEATC. Consisten en energía acústica producida en el caracol y registrada en el conducto auditivo externo. En otras palabras, son energía vibratoria generada en el caracol que se desplaza a través de las estructuras del oído medio para ser transducida como sonido en la membrana timpánica: es el trayecto invertido de la conducción sonora normal. Se cree que provienen de la actividad de las células ciliadas externas. Las más útiles para cribado neonatal son las provocadas o evocadas (EOAE), es decir obtenidas tras un estímulo. Éstas se clasifican dependiendo de la clase de estímulo necesario, siendo las de uso generalizado para cribado las evocadas transitorias (EOAET -TEOAE en la literatura anglosajona-).
En teoría no detectarían las alteraciones postcocleares. Dichas patologías son poco frecuentes, y además alrededor del 50% de los individuos con patología retrococlear no presentan EOAET, posiblemente por disfunción de la vía nerviosa eferente, alteración del riego coclear o ambos. Sin embargo hay que tener en cuenta que individuos con hipoacusia grave por disfunciones del sistema nervioso central o traumatismo craneoencefálico pueden presentar EOAET comparables con las de individuos normales.
Tanto los PEATC como las EOAET se ven influenciadas por factores del oído externo y medio y no sólo de la cóclea y la vía auditiva.
Las EOAET precisan de la inserción de una sonda en el conducto auditivo externo con un estimulador y un micrófono y un sistema informático de recepción, interpretación y expresión gráfica. Tanto para ellas como para los PEATC, existen equipos comercializados.
Las EOAET constituyen una prueba mucho más rápida, sencilla y económica, por lo que serían más adecuadas para el cribado universal y el de los grupos de riesgo, realizándose los PEATC al grupo de niños más reducido que no pasara las EOAET. La timpanometría o impedanciometría evalúa las propiedades mecánicas de la membrana timpánica y el oído medio. Es el método más sensible para detectar derrames o malformaciones del oído medio e investigar la permeabilidad de los tubos de timpanostomía. El aumento de la impedancia -rigidez- de la membrana timpánica -curva plana o aplanada- puede ser causado por retracción del tímpano por oclusión de la trompa de Eustaquio, fibrosis de la membrana timpánica, anquilosis de los huesecillos o presencia de líquido -seroso o purulento- en el oído medio. La disminución de la impedancia -curva más amplia de lo normal- puede deberse al adelgazamiento del tímpano o luxación de los huesecillos. La imposibilidad de obtener una timpanometría -si el espéculo flexible está bien adaptado al conducto auditivo externo- indica que hay una comunicación entre el oído medio y el externo con la trompa de Eustaquio permeable, tal como una perforación timpánica o un tubo de timpanostomía permeable. La timpanometría también informa del volumen del conducto auditivo externo -detectando perforaciones con trompa de Eustaquio cerrada- y de la presión en el oído medio -útil para detectar disfunción de la trompa.
La timpanometría no constituye una prueba de audición fiable ya que un oído medio normal no excluye hipoacusia. El reflejo del músculo del estribo -que bloquea la movilidad de la membrana timpánica- se produce 70-90 dB por encima del umbral de audición y sólo confirma la audición; no es un método cuantitativo fiable.

 

 

 

 


01/12/2009 11:08 lgporcelos Enlace permanente. sin tema No hay comentarios. Comentar.

atención sanitaria

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Articulo 23: Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño impedido a recibir cuidados especiales y alentarán y asegurarán, con sujeción a los recursos disponibles, la prestación al niño que reúna las condiciones requeridas y a los responsables de su cuidado de la asistencia que se solicite y que sea adecuada al estado del niño y a las circunstancias de sus padres o de otras personas que cuiden de él.

Articulo 24: Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para: Reducir la mortalidad infantil y en la niñez; Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria que sean necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de salud; Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente; Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres; Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la aplicación de esos conocimientos; Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a los padres y la educación y servicios en materia de planificación de la familia. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas eficaces y apropiadas posibles para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los niños. Los Estados Partes se comprometen a promover y alentar la cooperación internacional con miras a lograr progresivamente la plena realización del derecho reconocido en el presente artículo. A este respecto, se tendrán plenamente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo.

Articulo 26: Los Estados Partes reconocerán a todos los niños el derecho a beneficiarse de la seguridad social, incluso del seguro social, y adoptarán las medidas necesarias para lograr la plena realización de este derecho de conformidad con su legislación nacional. Las prestaciones deberían concederse, cuando corresponda, teniendo en cuenta los recursos y la situación del niño y de las personas que sean responsables del mantenimiento del niño, así como cualquier otra consideración pertinente a una solicitud de prestaciones hecha por el niño o en su nombre.

01/12/2009 10:51 lgporcelos Enlace permanente. sin tema No hay comentarios. Comentar.

atencion sanitaria

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01/12/2009 10:49 lgporcelos Enlace permanente. sin tema No hay comentarios. Comentar.

mi primera publicacion

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ola a todos!!!! espero que os guste el blog durante este curso....

estamos aqui en segundo, y vamos a ir contando un poco como trasncurre el año, y lo que hacemos.... excursiones, actividades que realizaremos.....

publicaremos todos los dias imformacion del ciclo, para que os animeis a conocer como va la atención sociosanitaria.

 

 

10/11/2009 10:51 lgporcelos Enlace permanente. sin tema No hay comentarios. Comentar.


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